Formación de los frailes
De la Constitución de la Orden
Artículo 96
La profesión religiosa es fundamento de la fraternidad en la vida de la comunidad paulina, independientemente de los diferentes servicios y carismas. La formación basada en esta realidad abarca toda la persona del hermano que a través del bautismo y la consagración de los votos ha sido introducido de manera especial en la vida y la misión de la Iglesia para ser apóstol y testigo de Cristo entre la gente.
Artículo 97
Durante la formación previa a los votos perpetuos, el superior mayor les adjudicará a los hermanos un director quien les ayudará en el perfeccionamiento de la vida religiosa. Los superiores y los directores asegurarán a los hermanos una formación religiosa, así como la adquisición de los conocimientos sobre la religión teniendo en cuenta las necesidades espirituales y las tareas propias de la Comunidad paulina. Hay que cuidar también de que los hermanos, en especial tras el noviciado, encuentren un ambiente educativo adecuado.
Artículo 98
Contemplando el ejemplo de Cristo, Su Madre y San José en Nazaret, han de imitar su vida llena de un esfuerzo silencioso y santificarse con su trabajo abnegado.
Los hermanos se encargan de trabajos domésticos, agricultores y profesionales, así como adoptan las funciones administrativas según su preparación y las necesidades de la casa. Han de recordar siempre que cada trabajo unido a la oración transforma - gracias a la profesión - su vida en el apostolado y ayuda a la Iglesia en la salvación del mundo.
Artículo 99
La formación de los hermanos durante la profesión temporal, tiene por objetivo llevarlos a una decisión madura de vincularse definitivamente con Cristo y con la Orden por medio de la profesión perpetua - solemne. Antes de hacerla se ha de dedicar un tiempo para la preparación de un acto tan importante.
Todos los hermanos que han hecho los votos perpetuos, de las casas donde el profeso ha pasado más tiempo, expresan su opinión, de manera secreta, a la hora de su admisión a la profesión solemne.
Artículo 100
Los superiores cuidarán de que los hermanos adquieran conocimientos profesionales y un nivel de cultura correspondiente. Esto es indispensable para que también de esta manera puedan mostrar los valores de la Comunidad paulina y ser responsables de ellos. A los que posean las capacidades adecuadas y el espíritu religioso, facilitarán la realización de los estudios superiores en diferentes materias, según las necesidades de la Orden.